Acuerdo Laboral Estatal de Hostelería

Los Presidentes de FEHR y CEHAT, José María Rubio y Juan Molas, y los Secretarios Generales de CHTJ-UGT y FECOHT-CCOO, Francisco Domínguez y Javier González, y las respectivas delegaciones en la negociación han firmado en Madrid la adaptación del Acuerdo Laboral Estatal de Hostelería a la última reforma laboral. El acuerdo alcanzado define el marco de relaciones laborales del sector hostelero para el conjunto de todo el país. Casi un millón de asalariados dependen de la regulación que el IV ALEH establece.

Los capítulos que han sido actualizados hacen referencia al régimen de clasificación profesional y al modelo de formación y cualificaciones para el sector. En concreto el sistema de clasificación profesional, recogido en el capítulo segundo, se simplifica pasando de articular las categorías profesionales en cuatro grupos profesionales, a tres grupos, a excepción de los ayudantes de camarero. El nuevo sistema conseguirá mejorar las condiciones de movilidad funcional entre las diferentes ocupaciones y puestos que redundará en una mejora de la organización interna de las empresas.

También ha sido modificado el capítulo que regula el sistema de formación profesional en el sector, incorporándose al acuerdo estatal la Fundación Laboral de Hostelería y Turismo, creada por los sindicatos y las organizaciones empresariales del sector para colaborar activamente en la mejora de la cualificación y profesionalización de los trabajadores y de los empresarios y profesionales del sector.


El Acuerdo Laboral Estatal de Hostelería ALEH es un convenio estatal del sector de Hostelería que permite garantizar condiciones de mercado laboral único para el sector hostelero en todo el país. Garantiza la libertad negociadora en ámbitos inferiores tanto de empresa como de territorios. El ALEH dispone de una estructura que regula la clasificación profesional, el periodo de prueba de los contratos, los contratos formativos, la formación profesional, el régimen disciplinario, la solución extrajudicial de conflictos laborales, la igualdad efectiva de mujeres y hombres, la prevención de riesgos laborales y la seguridad y salud en el trabajo y la subrogación de centros en el caso del subsector de colectividades.