Subvenciones para el fomento de la comercialización de la artesanía

El DOG acaba de publicar la Orden del 21 de marzo de 2016 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones para el fomento de la comercialización de la artesanía gallega e impulso de la competitividad del sector artesano, y si procede a su convocatoria para el año 2016.

El procedimiento para estas subvenciones se tramitará en régimen de competencia. Asimismo, estará sujeto al régimen de ayudas de minimis (excepto en el caso de los municipios), por lo que no exceda de los límites cuantitativos de 200.000 euros en un período de tres años previsto en el Reglamento (UE) no. 1407/2013 de la Comisión de la Unión Europea, de 18 de diciembre, sobre la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DO 12.24.2013, L352 / 1).

En particular, se consideran actividades subvencionables desarrolladas por la realización de talleres de artesanía, ayuntamientos gallegos y asociaciones profesionales y empresariales de artesanos que siguen se especifica, siempre y cuando se realizan y efectivamente pagados del 1 de enero de 2016 y hasta la fecha de la justificación establecido en el artículo 19, con la excepción de los gastos incurridos en el año 2015 se requiere para la participación en eventos de exposición de 2016 y, en su caso, los gastos efectivamente realizados y pagados a las ferias que tienen lugar el 1 de noviembre y 31 de diciembre 2016. 

Todas las inversiones deben realizarse plenamente, operativa y verificables en la fecha límite para la justificación de las acciones. Las acciones consideradas elegibles son:

a) La participación como expositor en ferias nacionales o en el extranjero que no se mantiene la venta directa a la retirada de la mercancía. 
El porcentaje elegibles alcanzará el 80% de la inversión, con un máximo de 2.000 euros por concurso de becas, impuestos excluidos.

b) La participación como expositor en ferias de artesanía no profesional, fuera de la Comunidad Autónoma, que se realiza en tanto nacionales como internacionales. El porcentaje elegibles alcanzará el 80% de la inversión supera los 500 euros, con un máximo de 900 euros por concurso de becas, impuestos excluidos.

c) La participación como expositor en las acciones comerciales presentación temporal y producto de pop ups, esquinas y salas de exposición emergentes. 


El plazo para presentar solicitudes es de un mes a partir del día 12 de abril de 2016. Podrán ser beneficiarios de esta subvención los titulares de talleres artesanales que figuren inscritos en el Registro General de Artesanía de Galicia, Asociaciones profesionales y empresariales de artesanos de Galicia, Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Galicia que organicen ferias de artesanía.